Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el día diez (10) de febrero de 2014, por la ciudadana abogada MARÍA MANUELA CALVELO BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº 6.227.664, Contador Público, actuando con el carácter de apoderada judicial de la contribuyente "INVERSIONES SHALEI, C.A.", debidamente asistida en este acto por el ciudadano JULIO JOSÉ PINEDA SOCORRO, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº 8.827.403 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.789 y por cuanto las Pruebas contenidas en el no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN salvo su apreciación en la definitiva; La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera: