Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil WENCO LIDO, C.A.En consecuencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA la Resolución N° 0406-03 del 26 de marzo de 2003, emanada de la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, en cuyo contenido confirma el Acta Fiscal D.R.M - D.A.F. 0686-0683-2001 levantada el día 17 de diciembre de 2001, donde se le formuló a cargo de la sociedad mercantil WENCO LIDO, C.A. (WENDY´S LIDO), reparo fiscal por la cantidad de BOLÍVARES FUERTES DOCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON DIEZ CÉNTIMOS (BsF. 12.335,10)
SEGUNDO: Se condena en costas a la recurrente en un tres por ciento (3%) del monto de la cuantía del recurso, en virtud de haber resultado totalmente vencido en la presente causa.