DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la acción de Amparo Tributario interpuesto por la sociedad mercantil PGW LA BOYERA, C.A., contra la demora excesiva de la Administración Tributaria Municipal por órgano de la Superintendencia de Administración Tributaria de la Alcaldía de El Hatillo (SUHAT) para el otorgamiento de solvencias de Impuesto Sobre Inmuebles Urbanos de los inmuebles propiedad de la mencionada contribuyente, ubicados en el Conjunto Residencial Residencias Los Bambúes distinguidos con los números E-PB.2, E-PH.1 y E.PH.2.
Se exime a la accionante de la condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 327 del vigente Código Orgánico Tributario, pues a juicio de este Tribunal, tuvo motivos racionales.....