Conforme a los argumentos ya analizados, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la Representación de la empresa PASOFT DE VENEZUELA, C.A.y en consecuencia:
PRIMERO: ANULA la Resolución (imposición de sanción) Nº SNAT/INTI/GRTI/RCA/DR/CC/2009-003572 de fecha 25 de noviembre de 2009 y notificada en fecha 8 de diciembre de 2009, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Seniat, y sus consecuentes planillas de liquidación, mediante las cuales se impone multa por no haber presentados las declaraciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2009, por un monto de BOLÍVARES FUERTES MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO SIN CÉNTIMOS (Bs.F. 1.925,00).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, conforme a la Sentencia Nº 12.....