Vista la diligencia presentada en fecha 17 de diciembre de 2014 por la ciudadana RANCY MUJICA por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) mediante la cual solicita se declare definitivamente la firmeza, y visto que en fecha 26 de septiembre de 2014, este Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando la EXTINCIÓN POR DECAIMIENTO DEL INTERÉS PROCESAL en el presente recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente "LICORERIA LA GRAN PARADA"; Visto asimismo que han sido practicadas las notificaciones legales correspondientes como consta a los folios 375, 386 al 388 y 389; se desprende que ha transcurrido el tiempo de Ley para interponer recurso de apelación en contra de la referida sentencia, y no se interpuso, este Tribunal la declara definitivamente firme,.
LA JUEZA,
BEATRÍZ B. GONZÁLEZ. EL SECRETARIO ACC,
JEAN CARLOS AGUANA.-
BBG/ec.-
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