III
DECISIÓN
Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio y, por las razones que han sido analizadas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso tributario interpuesto por los ciudadanos Dres. INES AREVALO RONDON y ABDIAS AREVALO RONDON, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.409.607 y V-11.921.324 e inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado Bajo los Nos. 59.016 y 71.375, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente "SECESION DE ANTONIO GONCALVES OLIVEIRA"; en contra del acto Administrativo ya identificado.
En consecuencia, queda EXTINGUIDO EL PROCESO.
De conformidad con el Artículo 334 del Código Orgánico Tributario Vigente, no hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese. Cúmplase lo o.....