En consecuencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA la Resolución No. DA-J-SEMAT-2014-016 (folios 71 al 93), emanada de la Alcaldía del Municipio Autónomo Baruta del estado Miranda, de fecha 22 de octubre de 2014, mediante la cual declaro SIN LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por la mencionada contribuyente contra el acto administrativo contenido en la Resolución No. 0110, de fecha 29 de julio de 2014, emanado del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria (SEMAT), y en consecuencia ratificó el reparo fiscal determinado mediante Acta Fiscal Nº 0170 de fecha 26 de junio de 2013, por una cantidad de TRESCIENTOS TRECE MIL CIENTO ONCE BOLÍVARES CON DIECISEIS CÉNTIMOS (BS. 313.111,16), por concepto de Impuesto sobre Juegos y Apuestas Lícitas causado, no retenido al sujeto pasivo de la obligación tributaria (apostador-contribuyente) y, en consecuencia no enterado al Fisco Municipal para el año impositivo 2012, así como ratificó la sanción de multa impuesta por el ilícito tributario d.....