Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, decide:
PRIMERO: Se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha dieciocho (18) de enero de 2008, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por el ciudadano MANUEL NOBREGA DA GAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.10.795.924, actuando con el carácter de Presidente de la contribuyente "LICORERIA LA PROVINCIANA, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha cuatro (04) de septiembre de 1975, bajo el N° 94, Tomo 32-A-, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) N° J-00197495-4, debidamente asistido en este acto por la ciudadana abogada LENNYS RODRIGU.....