DECISIÓN
Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio y, por las razones que han sido analizadas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, con relación al recurso contencioso tributario subsidiario al jerárquico interpuesto por la contribuyente "LICORERIA YUMPCOR".
De conformidad con el artículo 334 del Código Orgánico Tributario, no hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Se ordena notificar de la presente decisión al ciudadano Vice-Procurador General de la República, remitiendo en copia certificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, así como al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y a la contribuyente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 284.....