V
DECISIÓN
Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio y, por las razones que han sido analizadas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la representación del Agente de Retención MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL en contra de las Planillas de Liquidación impugnadas, y en consecuencia:
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la prescripción de los derechos de crédito determinados en las Resoluciones- Planillas de Liquidación correspondientes a los períodos pertenecientes a los años 1993, 1997, 1998 y 1999, detallados en el cuadro contenido en la Resolución RCA-DJT-CRA-2005-000394 de fecha 04-07-2005, folios 113 y 114 de este expediente.
SEGUNDO: Declara IMPROCEDENTE el falso supuesto alegado por la representación del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, respecto.....