Consta que en el presente asunto, que efectivamente el sujeto activo de la relación jurídica tributaria, es la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de la cual emanaron las Resoluciones objeto del presente recurso. Por otra parte se observa que consta en los vueltos de los folios 53, 61, 68, 75, 83, 90, 97, 105, 112, 119 y 126, las direcciones de las sucursales del BANCO DE VENEZUELA S.A., BANCO UNIVERSAL, en las cuales la administración tributaria de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, practicó las fiscalizaciones que dieron como origen las resoluciones recurridas, derivándose así que la misma posee varias sucursales a nivel nacional y que de acuerdo con los criterios jurisprudenciales transcritos y la normativa del Código Orgánico Tributario citada y transcrita, ha aclarado que en caso de dudas, lo determinante para definir cual es el tribunal competente por el territorio en materia tributaria, la solución que debe dársele partirá de la determinación d.....