Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil INTERCONCRET, C.A., contra la Resolución Culminatoria Nro. 283-2010-07-35, emanada de la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Cooperación Educativa, fechada 23 de julio de 2010.
Se CONFIRMA el acto impugnado.
De conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Tributario, se condena en costas a la sociedad recurrente en un 10% de lo debatido ante esta instancia judicial.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la Procuraduría General de la República por encontrarse el presente fallo dentro del lapso para sentenciar previsto en el artículo 277 del Código Orgánico Tributario.
Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que.....