En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil FASCINACIÓN LAS GRADILLAS, C.A., contra los siguientes actos administrativos: Acta de Reparo RCA-DF-SIV2-2003-9185-000089, de fecha 25 de febrero de 2004, notificada a la recurrente en la misma fecha, levantada para los períodos impositivos comprendidos desde enero de 2002 hasta agosto de 2003, mediante el cual se determinó un reparo por la cantidad de NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS NUEVE BOLÍVARES CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 90.811.209,97), equivalentes a NOVENTA MIL OCHOCIENTOS ONCE BOLÍVARES FUERTES CON VEINTIÚN CÉNTIMOS (Bs.F. 90.811,21), por concepto de Impuesto al Valor Agregado; Resolución RCA/DSA/2005-000166, de fecha 31 de abril de 2005, notificada en fecha 06 de mayo de 2005 y su.....