Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por la sociedad mercantil FUENTE DE SODA AVILA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 14 de Mayo de 1958, bajo el número 62, Tomo 1-A, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con lo estatuido en los artículos 1, 5 y 7 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en virtud de la vulneración de los Derechos Constitucionales establecidos en los artículos 49, 84, 112 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, producidas por las "...vías de hecho increpadas por el Superintendente Mu.....