En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico, por la sociedad mercantil IMPORTADORA CASA JUVENTUD, C.A., contra la Resolución (Imposición de Multa por Incumplimiento de Deberes Formales. Procedimiento Parágrafo 1° del Artículo 149 Código Orgánico Tributario) MF-SENIAT-DFIF-S4FI-1677-158, de fecha 14 de enero de 2002, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos, mediante la cual se impone a la recurrente una multa por la cantidad de SETECIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 725.000,00), de conformidad con los artículos 71 y 106 del Código Orgánico Tributario vigente para el momento, así como con el Artículo 37 del Código Penal.