En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil METANOL DE ORIENTE, METOR, S.A., contra la Resolución GRTI/RNO/DR-N° 0039, de fecha 10 de marzo de 2000, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual modifica el reintegro de créditos fiscales aprobados a la recurrente, por la cantidad de CINCUENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 51.840.000,00), del Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor, correspondiente al período impositivo de diciembre de 1998.