Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil CARGILL DE VENEZUELA C.A., en contra del acto administrativo de contenido tributario materializado en el Aviso de Cobro-Planilla de pago número 1993045, emanado de la Alcaldía del Municipio Caroní del Estado Bolívar en fecha 18 de noviembre de 1999, notificado a la recurrente en la misma fecha, en el cual se le notifica a la recurrente, que adeuda a la Municipalidad de Caroní la cantidad de TRECE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS VEINTÍCUATRO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 13.450.224,53), por concepto de impuestos complementarios de Patente de Industria y Comercio correspondiente al período económico comprendido.....