Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil LABORATORIOS VIVAX PHARMACEUTICALS, C.A., en virtud del silencio administrativo ante la solicitud de reintegro por la cantidad de por la cantidad de Bs. 4.922.146,48, y extiende sus efectos al Oficio SMAT-590 de fecha 11 de junio de 2003, mediante el cual se le notifica a la recurrente de la negativa expresa de la solicitud de reintegro, en fecha 12 de junio de 2003, emanado de la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT) de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Se ANULA el Oficio SMAT-590 de fecha 11 de junio de 2003, en todas y cada una de sus partes.
Se ORDENA el reintegro de.....