DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por las sociedades mercantiles MOTOMAR 2000 C.A y AUTO PLAZA C.A., en contra de las Resoluciones 090/2002 y 091/2002, de fecha 21 de mayo de 2002, notificadas en fecha 27 de mayo de 2002, suscritas por el Superintendente Municipal Tributario de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua; originadas por las solicitudes realizadas por la recurrente en fecha 31 de octubre de 2001, mediante la cual se le niega las solicitudes de la aplicación de la base imponible de acuerdo al Artículo 11, numeral 5 de la Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio del Municipio Girardot del Estado Aragua.
Se confirman las Resoluciones impugnadas.
De conf.....