Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE y en consecuencia SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por de las sociedades mercantiles CENTRO COMERCIAL LA BOYERA, C.A., y ARRENDADORA LA BOYERA, C.A., en virtud del silencio negativo por la interposición del Recurso Jerárquico contra la Resolución Nº 004 del 27 de julio de 2010, emitida por el Superintendente Municipal Tributario de la Alcaldía del Municipio El Hatillo.