DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE y en consecuencia SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico por la sociedad mercantil PROMOTORA GAYNA, C.A. (EL MESON DE BOLEITA), contra la Resolución GJT-DRAJ-2004-49 de fecha 22 de enero de 2004, dictada por la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
De conformidad con el Artículo 327 del Código Orgánico Tributario, se exime de costas a la recurrente, por haber tenido motivos racionales para litigar.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.