En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiario al Recurso Jerárquico, contra la Resolución HGJT-A-4417, de fecha 13 de agosto de 1999, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual declaró inadmisible el Recurso Jerárquico contra las Planillas de Liquidación números 051090126009135 y 051090126009134, ambas de fecha 25 de septiembre de 1997, notificadas al recurrente en fecha 09 de diciembre de 1997, las cuales imponen multas al recurrente por la cantidad de CIENTO SESENTA Y DOS MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs.162.000,00), cada una de ellas.
Se confirman los actos impugnados.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 327 del Código Orgánico Tributario, se condena en costas a la recurrente en un 10% sobr.....