En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara INADMISIBLE el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Joaquín Eduardo Dongoroz Porras, abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 117.237, actuando en su carácter de apoderado de la sociedad mercantil CONSTRUCÕES E COMERCIO CAMARGO CORREA, S.A., SUCURSAL VENEZUELA, de la República Federativa de Brasil, inscrita en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) J313602027, contra el acto administrativo PRE-CJ/031-2022, de fecha 20 de abril de 2022, mediante el cual la Presidencia del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), al configurarse en el presente caso la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 4 del artículo 293 del Código Orgánico Tributario.
Se declara procedente la oposición efectuada por el Fondo Nacional de Ciencia, Tec.....