En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil BANCO DEL CARIBE, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la Resolución número 000259, de fecha 11 de junio de 2008, emitida por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), mediante la cual se determinaron diferencias en los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) efectuados por la recurrente para los años 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y para los meses enero y febrero de 2008, e igualmente se liquidan intereses moratorios (rendimientos), todo ello por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 3.277.746,71).
Se ANULA PARCIALMENTE el acto impugnado en los términos precedentemente expuestos y se ORDENA el reintegr.....