Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil MOBESPRO COCINAS EMPOTRADAS, C.A., inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) J-30578612-7, contra la Resolución SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2011-000531, de fecha 21 de diciembre de 2011, mediante la cual se declara inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto el 24 de octubre de 2008, contra la Resolución 6471, de fecha 06 de junio de 2008, emitida por concepto de multa por la cantidad total 72,5 Unidades Tributarias, en materia de Impuesto al Valor Agregado e Impuesto sobre la Renta.
De conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Tributario, se condena en costas a la recurrente en un 10% de lo debatido ante esta instancia judicial.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la Procuradora General de la República.....