Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil LABORATORIO CLÍNICO MÓNACO, C.A., contra la Resolución dictada por el Alcalde del Municipio Palavecino del Estado Lara, de fecha 25 de marzo de 2003, mediante la cual se declaró sin lugar el Recurso Jerárquico ejercido por la recurrente contra la Resolución G.H.A.P.M-005-2002, dictada por la Gerencia de Hacienda y Administración Municipal del Municipio Palavecino del Estado Lara, en fecha 15 de octubre de 2002, por razón de la cual se impone a la recurrente reparo fiscal y multas por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE BOLÍVARES EXACTOS (Bs.2.309.149,00), por incumplimiento de deberes tributarios.