En virtud de todo lo anterior, este Tribunal declara procedente la solicitud de reintegro de las sumas pagadas por la sociedad recurrente por concepto de intereses moratorios por la cantidad de Bs. 239.876,84, correspondiente a las importaciones realizadas en fechas 18 de octubre de 2012, 12 de junio de 2013 y 18 de septiembre de 2013, así como de la cantidad de Bs. 82.157.507,15, correspondiente a intereses moratorios, en virtud de la importación realizada en fecha 12 de octubre de 2014; lo cual arroja una suma total de Bs. 82.397.383,99. Se declara.
III
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil AGGREKO INTERNATIONAL PROJECTS LIMITED SUCURSAL VENEZUELA, C.A., y en consecuencia, PROCEDEN.....