En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil TECNOTRANSPORTE, C.A., contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo GRTI/RG/DSA/77, dictada el 01 de enero de 1999, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana, a través de la cual se expiden Planillas de Liquidación a cargo de la sociedad recurrente por concepto de impuesto por la cantidad de (Bs. 19.421.069,00) (BsF. 19.421,06), actualización monetaria por la cantidad de (Bs. 36.705.820,00) (BsF. 36.705,82), intereses compensatorios por la cantidad de (Bs. 5.243.689,00) (BsF. 5.243,69) y multa por la cantidad de (Bs. 15.536.855,00) (BsF. 15.536,86).
Se CONFIRMA la Resolución impugnada, salvo los intereses compensatorios y la actualización monetaria.