En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la sociedad mercantil CENTROBECO, C.A., contra la Orden C.E. 2004-04-46, de fecha 23/08/2004, emanada del Comité Ejecutivo del Instituto Nacional de Cooperación Educativo (INCE), notificada mediante Oficio CJ-210.100-673-808, de fecha 13/09/2004, que declara Inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto en fecha 15/12/2003 contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo número 3202, de fecha 11/11/2003.
En consecuencia se ANULAN los actos impugnados.
De conformidad con el Artículo 327 del Código Orgánico Tributario este Tribunal condena en costas al Instituto Nacional de Cooperación Educativa en un 10% del monto de la cuantía de lo debatido, visto que resultó totalmente vencida.