Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para tramitar y decidir la acción de nulidad intentada por las abogadas DORELIS LEÓN, CARMEN AMELIA GIMÉNEZ RAVEN, JAVIER SAAD y MILDRED ROJAS, inscritos en el inpreabogado bajo los números 74.800, 7.404, 93.617, 127.924, 139.760, 124.563 y 109.217 respectivamente, en contra de la Resolución No. 0033-10 de fecha veintisiete (27) de enero de 2010, dictada por la Dirección Estadal de Salud y Seguridad Laborales del Estado Miranda (DIRESAT ¿ Miranda), por considerar competente a los Juzgados Superiores Laborales de la circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia:
PRIMERO: Dado el conflicto negativo de competencia planteado, se ordena la remisión de las actuaciones a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a.....