Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer el recurso de abstención o carencia interpuesto por la abogada MARISELA CISNEROS ÁÑEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 19.655, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CRISTÓBAL MEDINA LADINO y JAIRO ESPINOZA SANTANDER, titulares de la cédula de identidad número V- 22.350.792 y V- 12.565.427 respectivamente contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COOPERATIVAS. En consecuencia declina su conocimiento en el Juzgado del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda para que conozcan de la mencionada causa.