Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, efectuado por la abogada LORENA CARPIO HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.541, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil LABORATORIOS LETI S.A.V, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 09 de octubre de 1950, bajo el Nº 1.057, Tomo 4-B del recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 74-02, de fecha 30 de septiembre de 2002, emanado de la Inspectoría del Trabajo en los Municipio Plaza y Zamora del Estado Miranda.