Por todas y cada una de las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por los abogados OSCAR JOSÉ DAMASO GONNELLA y VERIUSKA YURANA GRANADO RUGELES, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 170.206 y 212.267, en su carácter de apoderados judiciales de CRISTOBAL ALCIDES MORALES ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V-6.133.338, contra la Providencia Administrativa Nº CJ-00030, de fecha 05 de septiembre de 2014, dictada por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA. En consecuencia pasa este administrador de justicia a precisar el dispositivo del presente fallo en los siguientes particulares:
PRIMERO: Se ANULA Providencia Administrativa Nº CJ-00030, de fecha 05 de septiembre de 2014, dictada por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO.....