Por todas y cada una de las razones antes expuestas este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por NESTOR ARMANDO DÍAZ MARINO, titular de la cédula de identidad número V- 3.560.150, actuando en su carácter de Presidente de la FUNDACION JUVENIL DEL ESTADO MIRANDA (FUNDAJOVEN-M), inscrita por ante la oficina subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, bajo el Nº 39, Tomo 5, de fecha 12 de julio de 1996, debidamente asistido por el abogado Tarcisio Ernesto Milano Parra, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 39.024, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa número 58-99 de fecha 20 de diciembre de 1.999, dictado por la Inspectoría.....