Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuesta, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados ALEXANDER GALLARDO PÉREZ y OSCAR GUILARTE HERNANDEZ, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano PEDRO LUIS OROPEZA SÁNCHEZ, antes identificados, contra los actos administrativos de remoción y retiro signados con los Nros. SBIF-DSB-IO-GRH-25644 y SBF-DSB-IO-GRH-02430, de fechas 21 de diciembre de 2007 y 11 de febrero de 2008, respectivamente, suscritos por el ciudadano Trino A. Díaz, en su carácter de Superintendente de la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS; y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara la nulidad de los actos administrativos que acuerdan la remoción y retiro del ciudadano PEDRO LUIS OROPEZA SÁNCHEZ.....