1º Se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por los abogados JOSÉ ANTONIO OLIVO DURÁN, ENRIQUE GUILLÉN NIÑO, CARMEN ALICIA EPALZA GLEVIZ y MARIANNA VALENTINA GARCÍA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 59.095, 59.631, 108.253, 118.032 y 124.520, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil "BLUE NOTE PUBLICIDAD C.A" inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 30 de enero de 1994, bajo el Nº 54, Tomo 15-A-Sgdo, contra una vía de hecho (sic), contra el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT).-