En Torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano HÉCTOR JOSE CALLES CASAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 1.962.269, debidamente asistido por los abogados FULGENCIO MARTÍN GÓMEZ y SARAHEVELI MENDOZA AZZATO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 21.536 y 45.642, respectivamente, contra la ciudadana ROSA MARÍA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.611.491, en su carácter de Coordinadora General del Servicio Autónomo Integral de Educación Distrital (SAED), por la presunta violación de los derechos constitucionales, consagrados en los artículos 81, 84, 85, 87, 88, 89, 91 y 91 de la Constitución de la República de Venezuela (1961), por abandono del trámit.....