3°.- Se declara IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar formulada por el abogado JOSE HELI GARCÍA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.920, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACION PATISSIMA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 11 de junio de 2001, bajo el Nº 07, Tomo 193-A-VII, en contra de los actos administrativos contenidos en las Resoluciones Nº R-LG-05-00173, de fecha 16 de noviembre de 2005, Nº R-LG-06-00101, de fecha 31 de agosto de 2006 y Nº 034, de fecha 15 de junio de 2007, respectivamente, emanadas de la Dirección de Ingeniería Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda
4.- Se declara IMPROCEDENTE la medida de suspensión de efectos formulada por el abogado JOSE HELI GARCÍA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.920, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACION PATISSIMA, C.A, inscrita e.....