Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Resolución número 00014918, de fecha 1º de agosto de 2011, emanada de la DIRECCIÓN GENERAL DE INQUILINATO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y HÁBITAT, solicitada por la abogada AIDÉ DOMÍNGUEZ DE CAÑAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 7.550, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EDDA JOSEFINA MARGOLES, titular de la cédula de identidad número V- 4.821.701.