Visto los escritos de promoción de pruebas presentados por el abogado Francisco Cumana Silva, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 83.562, actuando en su carácter de apoderado judicial de ALEJANDRO MONJES MEJIAS, titular de la cédula de identidad número V- 11.555.691, parte querellante, en el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, pasa este Tribunal a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los términos siguientes:
I
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR
LA PARTE QUERELLANTE
A.- DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES.-
Respecto a las pruebas documentales promovidas en el CAPITULO "I" del escrito presentado por el abogado Francisco Cumana Silva, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 83.562, actuando en su carácter de apoderado judicial de ALEJANDRO MONJES MEJIAS, titular de la cédula de identidad número V- 11.555.691, Juzgado las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su a.....