Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Cuarto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPENTENTE para conocer la acción de amparo constitucional propuesta por ADRIÁN PIÑANGO y JOSÉ MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad números V-15.860.492 y V-5.382.093, secretario de organización electo y secretario de reclamo electo, respectivamente, de la organización sindical denominada SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA INDUSTRIA PRODUCTORA DE LUBRICANTES, QUÍMICOS, ACUOSAS, FABRICANTES DE ENVASES, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO CARABOBO (SUNTRAIN-LIQUIMAEN), debidamente asistidos por el abogado Christian Sevecek, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 128.342, contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, y declina la competencia en el Tribunal Supremo de J.....