Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar solicitada por el ciudadano JOSÉ CARRERO NUÑEZ, titular de la cédula de identidad número V- 3.506.715, debidamente asistido por el abogado FRANCISCO LEPORE GIRÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.093, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS (INEA), en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena al INSTITUTO NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUÁTICOS (INEA), que proceda a la inmediata reincorporación del ciudadano JOSÉ CARRERO NUÑEZ, titular de la cédula de identidad número V- 3.506.715 que venía desempeñando, desde la publicación del presente fallo, en los términos y condiciones expresados en la motiva del mismo.
SEGUNDO: Se ORDENA que como consecuencia de dicha reincorporación se proceda a materializar la inclusión inmediata .....