Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA EL DESISTIMIENTO, ejercido por el abogado MIGUEL FELIPE GABALDON G., de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.842, en su carácter de apoderado judicial de las sociedades mercantiles INVERSORA FALEMA, C.A. y LA CASA-DELA, C.A., contra las presuntas vías de hecho en que incurriera el Municipio Baruta del Estado Miranda.-