Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve:
1°.-Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada por el abogado RICARDO RAFAEL MENDEZ ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.651, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana INGRID MERCEDES GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.430.808, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 186, de fecha 08 de octubre de 2007 y notificada en fecha 28 de noviembre de 2007, emanada de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda
2°.- Se declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado RICARDO RAFAEL MENDEZ ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.651, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana INGRID MERCEDES GARCÍA, titu.....