Por las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por el abogado MICKEL ENRIQUE AMEZQUITA PION, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS MANUEL MEJIA, identificado en autos, contra la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, por órgano de la Policía Metropolitana, y en consecuencia:
1.- SE ORDENA: De acuerdo a lo establecido en la parte motiva de la presente decisión el pago de las cantidades correspondientes por concepto de vacaciones, bono vacacional por el período comprendido entre los años 2004 al 2005, así como el bono de fin de año del año 2005.
2.- SE ORDENA el PAGO de la prestación de antigüedad, compensación por transferencia, y los intereses que generaron las prestaciones sociales desde el momento de ser .....