Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida de suspensión de efectos solicitada por el abogado CASTO MARTÍN MUÑOZ MILANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 3.072, actuando en su carácter de apoderado judicial de ÁNGEL ROGELIO LIMA GASCÓN, titular de la cédula de identidad número V- 5.608.409, contra el acto administrativo contenido en el Decreto número 016-2014, de fecha 30 de mayo de 2014, publicado en la Gaceta Oficial del Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda número 079-2014, de fecha 13 de junio de 2014, dictado por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. En consecuencia se ordena la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.