Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano HENRIQUE JOSÉ MILLÀN MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.667.598, debidamente asistida por la abogado YUDITH MONTIEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.048, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO BIBLIOTECA NACIONAL Y DE SERVICIOS DE BIBLIOTECAS, y en consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA al INSTITUTO AUTÓNOMO BIBLIOTECA NACIONAL Y DE SERVICIOS DE BIBLIOTECAS pagar al ciudadano HENRIQUE JOSÉ MILLÁN MEDINA, ya identificado los importes correspondientes por concepto de Prestación de Antigüedad, causados a favor del querellante desde el día primero (1º) de octubre de 2004 hasta el día cinco (5) de septiembre de 2012, fecha en la que egresó del aludido ente, ello de conformidad con.....