Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la querella interpuesta por JAIME ALEJANDRO SANZ LLAMOZAS, titular de la cédula de identidad número V-13.140.461, contra el MUNICIPIO BRION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, por órgano de la Dirección de Policía Municipal de la Alcaldía.
En consecuencia pasa este Administrador de Justicia a precisar el dispositivo del presente fallo en los siguientes particulares:
PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por l JAIME ALEJANDRO SANZ LLAMOZAS contra el MUNICIPIO BRION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.-
SEGUNDO: Se ORDENA al Municipio Brion del Estado Bolivariano de Miranda PONER FIN A LA VÍA DE HECHO consistente en la suspensión de los sueldos del querellante, y PROCEDA de manera .....