En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que de conformidad con la motiva deja sin efecto el auto de fecha treinta (30) de julio de 2012, y se declara INCOMPETENTE para conocer la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano CARLOS ENRIQUE RIOS SCHARBAAY, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.286.249, debidamente asistido por las abogados LUISA GIOCONDA YASELLI PARÉS y LAURA CAPECCHI DOUBAIN, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 18.205 y 32.535, respectivamente, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES, declinando en consecuencia la competencia para conocer la presente causa a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.