Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana CALIA CARABALLO MEJÍAS, titular de la Cédula de identidad No. V-11.482.440, actuando en ese acto debidamente asistida por el abogado FRANCISCO LEPORE GIRON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 39.093, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, y en consecuencia:
PRIMERO: Se DECLARA la nulidad del acto administrativo contenido en el Oficio No.195-2012 de fecha 28 de enero de 2013 y notificado
mediante publicación realizada en el Periódico Última Noticias del día 31 de enero del mismo año, a tenor del cual se remueve a la ciudadana CALIA CARABALLO MEJÍAS, ya identificada.....